domingo, 16 de marzo de 2014

3. ORGANISMOS INTERNACIONALES QUE DEFIENDEN Y PROTEGEN LOSDERECHOS HUMANOS

Los mecanismos regionales de derechos humanos de África, las Américas, Asia y Europa son cada vez más activos. Van desarrollando prácticas, políticas y jurisprudencia (en el caso de los que disponen de un sistema judicial) que sirven para poner las normas internacionales de derechos humanos en el contexto de unas tradiciones sociales, históricas y políticas y unas realidades regionales concretas. Los mecanismos regionales
y las INDH mantienen una relación simbiótica en lo que atañe a la promoción y protección de los derechos humanos.

 También se interesan en los derechos humanos algunas instituciones regionales de carácter económico y de desarrollo, como la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CEDEAO) y la Comunidad del África Meridional para el Desarrollo (SADC).

CIDH

La Corte Interamericana deDerechos Humanos tiene la función principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en las Américas. De conformidad con el artículo 106 de la Carta de la Organización,

En noviembre de 1969 se celebró en San José de Costa Rica la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos. En ella, los delegados de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos redactaron la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que entró en vigor el 18 de julio de 1978, al haber sido depositado el undécimo instrumento de ratificación por un Estado Miembro de la OEA. 

A la fecha, veinticinco naciones Americanas han ratificado o se han adherido a la Convención: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Dominica, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela. Trinidad y Tobago denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por comunicación dirigida al Secretario General de la OEA, el 26 de mayo de 1998. Ver Jurisprudencia por país.


Este tratado regional es obligatorio para aquellos Estados que lo ratifiquen o se adhieran a él y representa la culminación de un proceso que se inició a finales de la Segunda Guerra Mundial, cuando las naciones de América se reunieron en México y decidieron que una declaración sobre derechos humanos debería ser redactada, para que pudiese ser eventualmente adoptada como convención. Tal declaración, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, fue aprobada por los Estados Miembros de la OEA en Bogotá, Colombia, en mayo de 1948.

FIDH:
 La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) es una federación de organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos. La principal función de la federación es promover y respetar todos los derechos establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. 
LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS:
 Es una organización internacional fundada en 1945 tras la Segunda Guerra Mundial por 51 países que se comprometieron a mantener la paz y la seguridad internacionales, desarrollar relaciones amistosas entre las naciones y promover el progreso social, mejores niveles de vida y los derechos humanos.

HUMAN RIGHTS WATCH
 Human Rights Watch es una de las principales organizaciones internacionales independientes dedicadas a la defensa y la protección de los derechos humanos. Al concentrar la atención mundial en los lugares donde se violan los derechos humanos, damos voz a los oprimidos y exigimos cuentas a los opresores por sus crímenes.
CEJIL 
El objetivo principal de CEJIL (Centro por la Justicia y el Derecho Internacional) es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional.

OIM 
La OIM (Organización Internacional para las Migraciones), una Organización intergubernamental creada en 1951, está consagrada al principio de que la migración en condiciones humanas y de forma ordenada beneficia a los migrantes y a la sociedad.

BRIGADAS INTERNACIONALES DE PAZ
Peace Brigades International (PBI). Es una organización no gubernamental, independiente que trabaja para la protección de los derechos humanos y la promoción de la resolución de conflictos a través de la no violencia. Reconoce los principios de la no violencia, la independencia, el no partidismo, la no intervención.
ÓRGANOS NO GUBERNAMENTALES.
Son órganos no gubernamentales todas las entidades que no forman parte del aparato del gobierno, como la sociedad civil, los medios de comunicación y las empresas.

La sociedad civil desempeña una función especial cultivando una cultura universal de derechos humanos, especialmente mediante la gran labor de las ONG que, por su independencia y flexibilidad, pueden a menudo expresarse y actuar con más libertad  que los gobiernos o las organizaciones intergubernamentales. Las instituciones religiosas y las organizaciones que prestan servicios a la comunidad son también actores fundamentales.

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