Los mecanismos
regionales de derechos humanos de África, las Américas, Asia y Europa son cada
vez más activos. Van desarrollando prácticas, políticas y jurisprudencia (en el
caso de los que disponen de un sistema judicial) que sirven para poner las
normas internacionales de derechos humanos en el contexto de unas tradiciones
sociales, históricas y políticas y unas realidades regionales concretas. Los
mecanismos regionales
y las INDH
mantienen una relación simbiótica en lo que atañe a la promoción y protección
de los derechos humanos.
También se
interesan en los derechos humanos algunas instituciones regionales de carácter
económico y de desarrollo, como la Comunidad Económica de los Estados de África
Occidental (CEDEAO) y la Comunidad del África Meridional para el Desarrollo (SADC).
CIDH
CIDH
La Corte Interamericana deDerechos Humanos tiene la función principal de promover la observancia y la
defensa de los derechos humanos en las Américas. De conformidad con el artículo
106 de la Carta de la Organización,
En noviembre de 1969 se celebró en San José de
Costa Rica la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos.
En ella, los delegados de los Estados Miembros de la Organización de los
Estados Americanos redactaron la Convención Americana sobre Derechos Humanos,
que entró en vigor el 18 de julio de 1978, al haber sido depositado el undécimo
instrumento de ratificación por un Estado Miembro de la OEA.
A la fecha, veinticinco naciones Americanas han
ratificado o se han adherido a la Convención: Argentina, Barbados, Bolivia,
Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Dominica, Ecuador, El Salvador, Grenada,
Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú,
República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.
Trinidad y Tobago denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por
comunicación dirigida al Secretario General de la OEA, el 26 de mayo de 1998. Ver
Jurisprudencia por país.
Este tratado regional es obligatorio para
aquellos Estados que lo ratifiquen o se adhieran a él y representa la
culminación de un proceso que se inició a finales de la Segunda Guerra Mundial,
cuando las naciones de América se reunieron en México y decidieron que una
declaración sobre derechos humanos debería ser redactada, para que pudiese ser
eventualmente adoptada como convención. Tal declaración, la Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, fue aprobada por los Estados
Miembros de la OEA en Bogotá, Colombia, en mayo de 1948.
FIDH:
La
Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) es una federación de
organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos. La principal función de
la federación es promover y respetar todos los derechos establecidos en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
LA ORGANIZACIÓN
DE LAS NACIONES UNIDAS:
Es una
organización internacional fundada en 1945 tras la Segunda Guerra Mundial por
51 países que se comprometieron a mantener la paz y la seguridad internacionales,
desarrollar relaciones amistosas entre las naciones y promover el progreso
social, mejores niveles de vida y los derechos humanos.
HUMAN RIGHTS WATCH
Human
Rights Watch es una de las principales organizaciones internacionales
independientes dedicadas a la defensa y la protección de los derechos humanos.
Al concentrar la atención mundial en los lugares donde se violan los derechos
humanos, damos voz a los oprimidos y exigimos cuentas a los opresores por sus
crímenes.
CEJIL
El objetivo
principal de CEJIL (Centro por la Justicia y el Derecho Internacional) es
asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos
en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA),
mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros
mecanismos de protección internacional.
OIM
La OIM
(Organización Internacional para las Migraciones), una Organización
intergubernamental creada en 1951, está consagrada al principio de que la
migración en condiciones humanas y de forma ordenada beneficia a los migrantes
y a la sociedad.
BRIGADAS
INTERNACIONALES DE PAZ
Peace Brigades
International (PBI). Es una organización no gubernamental, independiente que
trabaja para la protección de los derechos humanos y la promoción de la resolución
de conflictos a través de la no violencia. Reconoce los principios de la no
violencia, la independencia, el no partidismo, la no intervención.
ÓRGANOS NO
GUBERNAMENTALES.
Son órganos no
gubernamentales todas las entidades que no forman parte del aparato del
gobierno, como la sociedad civil, los medios de comunicación y las empresas.
La sociedad
civil desempeña una función especial cultivando una cultura universal de derechos
humanos, especialmente mediante la gran labor de las ONG que, por su independencia
y flexibilidad, pueden a menudo expresarse y actuar con más libertad que los gobiernos o las organizaciones
intergubernamentales. Las instituciones religiosas y las organizaciones que
prestan servicios a la comunidad son también actores fundamentales.
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